Elecciones en CABA 2025: qué pasa si no voy a votar

El próximo domingo 18 de mayo, los porteños volverán a las urnas para renovar 30 de las 60 bancas de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Con la implementación de la Boleta Única Electrónica (BUE) y la eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), las elecciones legislativas se realizarán de manera desdoblada de los comicios nacionales.

La Justicia Electoral ya habilitó el padrón definitivo y los electores pueden consultar su lugar de votación. Sin embargo, quienes estén obligados a votar y no lo hagan sin una justificación previa y válida, se les establece una multa económica, según el Código Electoral Nacional. Esto puede derivar en una multa económica que, según elecciones anteriores, rondaba entre $100 y $500 pesos argentinos.

Además, quienes no regularicen su situación podrían enfrentar la prohibición de realizar trámites ante organismos públicos nacionales, provinciales o municipales durante un año, salvo que abonen la multa correspondiente. Esta disposición está contemplada en el artículo 125 del Código Electoral Nacional.

Entre las justificaciones válidas para no votar se encuentran:

Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación.

Problemas de salud certificados.

Causas de fuerza mayor debidamente comprobadas.

Estas justificaciones deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección.

Quiénes pueden votar en las elecciones en CABA
En Argentina, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de 18 a 70 años, tanto en elecciones nacionales como locales. Esto incluye también a los residentes en CABA que figuren en el padrón electoral.

Aquellos ciudadanos de 16 y 17 años, así como las personas mayores de 70 años, tienen voto optativo: pueden votar si así lo desean, pero no están obligados y su ausencia no conlleva sanciones.

En paralelo, los extranjeros residentes en CABA que cumplan con los requisitos legales también tienen la obligación de votar en las elecciones locales. No obstante, en caso de no presentarse, no se aplica multa ni sanción efectiva, lo que en la práctica convierte su voto en voluntario.

Qué documentos son válidos para votar en las elecciones en CABA
Para emitir el sufragio en CABA, los documentos aceptados en las mesas electorales son:

DNI tarjeta

DNI libreta celeste

Libreta de enrolamiento

Libreta cívica

Libreta verde

Es importante llevar el documento físico original, ya que no se admiten fotos digitales ni fotocopias.